9 de mayo de 2008
El proyecto de fin de curso
El proyecto de fin de curso que todabia esta en proceso. Pero pueden ver lo que tengo echo, para verlo pinche aqui
2 de abril de 2008
LA INSTALACION DE ASCENSOR COMUNITARIO
La ley de 8/1999, de 6 de abril, de reforma de la de Propiedad Horizontal de 21 de Julio de 1960, ha supuesto una importante y sustanciosa modificación en la materia de instalación de ascensores en la comunidad de propietarios
El Art. 17 dice:
Los acuerdos de la Junta de propietarios se sujetarán a las siguientes normas:
1ª. La unanimidad sólo será exigible para la validez de los acuerdos que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad.
El establecimiento o supresión de los servicios de ascensores, portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, incluso cuando suponga la modificación del titulo constitutivo o de los estatutos, requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.
El arrendamiento de elementos....
La realización de obras o el establecimiento de nuevos servicios comunes que tengan por finalidad la supresión de barreras arquitectónicas que dificulten el acceso o movilidad de personas con minusvalía, incluso cuando impliquen la modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirá el voto favorable de la mayoría de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación.
A los efectos....
Como se puede comprobar el acuerdo de instalación de ascensores requiere a partir del 20 de abril de 1999 el voto favorable de las tres quintas parte del total de los propietarios que, a su vez, represente las tres quintas partes de las cuotas de participación, es necesaria la mayoría cualificada, esto como principio general, aunque hay excepciones, todas ellas previstas en la ley.
El Art. 17 dice:
Los acuerdos de la Junta de propietarios se sujetarán a las siguientes normas:
1ª. La unanimidad sólo será exigible para la validez de los acuerdos que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad.
El establecimiento o supresión de los servicios de ascensores, portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, incluso cuando suponga la modificación del titulo constitutivo o de los estatutos, requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.
El arrendamiento de elementos....
La realización de obras o el establecimiento de nuevos servicios comunes que tengan por finalidad la supresión de barreras arquitectónicas que dificulten el acceso o movilidad de personas con minusvalía, incluso cuando impliquen la modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirá el voto favorable de la mayoría de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación.
A los efectos....
Como se puede comprobar el acuerdo de instalación de ascensores requiere a partir del 20 de abril de 1999 el voto favorable de las tres quintas parte del total de los propietarios que, a su vez, represente las tres quintas partes de las cuotas de participación, es necesaria la mayoría cualificada, esto como principio general, aunque hay excepciones, todas ellas previstas en la ley.
Normativa
Reglamento de Seguridad contra incendios
http://www.mtas.es/insht/legislation/rd/inc_indus.htm
Ley 8/1999, de 6 de abril, de instalacion de un ascensor comunitario
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l8-1999.html#a17
Normas UNE
http://www.ffii.nova.es/puntoinfomcyt/rebt_normas.asp
Reglamento electrotecnico de baja tension
http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/rebt.htm
http://www.mtas.es/insht/legislation/rd/inc_indus.htm
Ley 8/1999, de 6 de abril, de instalacion de un ascensor comunitario
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l8-1999.html#a17
Normas UNE
http://www.ffii.nova.es/puntoinfomcyt/rebt_normas.asp
Reglamento electrotecnico de baja tension
http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/rebt.htm
1 de abril de 2008
Partes de mi edificio
Objetivo del proyecto del modulo de integración
El objetivo del trabajo es la de realizar un proyecto de un edificio que conste de:
- 3 plantas que constara de 2 viviendas y un pequeño supermercado
- Un sótano donde estará el garaje y en donde habrá un ascensor que comunique todo el bloque.
Partes del edificio
- Sótano: Estará el garaje
- 1º Planta un pequeño supermercado
- 2º Planta Vivienda 1, Vivienda 2.
- 3º Planta Ático y Zona 1 donde estarán alojada los paneles fotovoltaicos, y calentador solar.
El objetivo del trabajo es la de realizar un proyecto de un edificio que conste de:
- 3 plantas que constara de 2 viviendas y un pequeño supermercado
- Un sótano donde estará el garaje y en donde habrá un ascensor que comunique todo el bloque.
Partes del edificio
- Sótano: Estará el garaje
- 1º Planta un pequeño supermercado
- 2º Planta Vivienda 1, Vivienda 2.
- 3º Planta Ático y Zona 1 donde estarán alojada los paneles fotovoltaicos, y calentador solar.
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